Tema 2. El Estado como marco del Derecho Constitucional.
Estimado estudiante, el presente
material está concebido como una guía de orientación para el estudio del Tema,
es necesario que utilices la bibliografía recomendada por la Universidad-Facultad
de Derecho, y las indicadas por el profesor
Las obras aquí señaladas son
básicas para el estudio de este Tema y han sido utilizadas para la elaboración
de la guía.
TEMA 2. El Estado como marco del Derecho Constitucional.
Condiciones existenciales del Estado: El Territorio. La población Integrada
como pueblo en la comunidad nacional: Poder y Soberanía. Las funciones del
Estado. La personalidad jurídica del Estado. El espacio geográfico y la
división política de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela
Para el estudio del Estado y su
significado es necesario tener en cuenta dos elementos determinantes, estos son
- El elemento histórico, y
- El elemento jurídico.
En cuanto a elemento histórico,
debemos tener claro que el concepto de Estado se ha venido desarrollando por
etapas a lo largo de la historia. Así, nos encontramos con la concepción del
Estado Antiguo (La Polis Griega.
La Civitas Romana,
El Estado Feudal); y el Estado Moderno (Absolutista, Liberal de derecho y
Social de Derecho).
El elemento jurídico se refiere a
la etapa en la cual el Poder que se ejerce sobre una comunidad se encuentra
Jurídicamente organizado y regulado en la Constitución, y que se corresponde con una sociedad
estatal.
La existencia o no de un Estado
es una cuestión de hecho que ha de tratarse en función de la existencia de las
condiciones constitutivas del mismo.
Por ello, podemos definirlo como
una comunidad compuesta por un territorio y una población o pueblo, sometidos a
un poder soberano políticamente organizado.
También lo podemos definir como
una comunidad de hombres situada en un territorio propio y con una
organización.
Por su propia definición el
Estado es, en consecuencia, una colectividad organizada, establecida sobre un
territorio determinado, y dotado de autoridad suficiente para el cumplimiento
de sus fines. (Arismendi)
De las anteriores definiciones
podemos observar que el Estado es:
- Es una sociedad territorial, es decir, es necesario que el pueblo tenga un asiento estable y permanente.
- Es una sociedad corporativa, formado en su elemento humano por el pueblo.
- Es una sociedad política, que persigue fines mutables y generales.
Si entendemos que las
condiciones existenciales de todo Estado, es el conjunto de realidades que
tienen carácter necesario para su existencia, estas serán entonces:
- El territorio,
- La población o pueblo, y
- El poder o gobierno.
El territorio
Es el espacio físico –terrestre,
marino y aéreo- sobre el que se proyecta el poder soberano o jurisdicción del
Estado y en el que ostenta el derecho exclusivo a ejercer sus funciones. En
este sentido, todo Estado debe contar con un espacio terrestre y –como
complemento necesario- con un espacio aéreo. No todos los Estados cuentan, en
cambio, con un espacio marino. Lo esencial radica en la existencia de un
territorio cierto y básicamente estable,
aunque sea reducido.
Lo importante en cuanto a este
elemento constitutivo es la constancia lo suficientemente cierta de su
existencia. Contar con un territorio definido no implica inexcusablemente un
territorio reconocido, delimitado y, menos aún demarcado en su totalidad.
La Población
Es la base personal de
ejercicio de ciertas competencias del Estado e indica la vinculación entre el
Estado y un conjunto de personas. El Estado ejerce competencias en su
territorio sobre todos los individuos, nacionales y extranjeros, con algunas
limitaciones, en este último caso, derivadas del régimen de extranjería y de la
protección diplomática.
Población, Pueblo Y Nación
La Población es la
condición existencial del Estado, integrado por el conjunto de personas que forma
la esencia humana del Estado. Este grupo debe estar establecido de forma
estable y permanente en un territorio,
con capacidad de formar un cuerpo político con características
autónomas, para poder hablar de la existencia de un Estado.
Así, cuando hablamos de
Población nos estamos refiriendo a:
- Es el elemento humano perfectamente cuantificable y por lo tanto numéricamente determinable en cualquier momento, es decir, es un concepto cuantitativo, aritmético, con el cual indicamos la cantidad de seres humanos que habitan el territorio del Estado.
- Se encuentra conformado no sólo por los nacionales que habitan en el territorio de un Estado, sino también por los extranjeros, sean residente o no.
Es, en definitiva el conjunto de
seres humanos que constituyen, por sus nexos,, unas colectividad fija y estable
sobre un territorio.
Cuando nos referimos a Nación
estamos denotando la existencia de
- Un grupo humano vinculado por una misma lengua, unas mismas costumbres y unos mismos principios morales que determinan un lazo lo suficientemente estrecho como para darles una identidad propia.
Por último, cuando utilizamos el
término pueblo, estamos haciendo alusión a:
Un grupo humano considerado como
una formación cultural, con peculiaridades características que determinan su
originalidad.
También podríamos considerarlo
como aquella parte de la población del Estado que tiene derechos políticos, es
decir, que puede intervenir para elegir o ser elegido, lo que también se conoce
como Ciudadanía.
El Poder o Gobierno
Implica la existencia de una
organización política capaz de establecer y mantener el orden interno, y apta
para participar en las relaciones internacionales en forma independiente. Las
características del gobierno son, como punto de partida, una cuestión interna.
En ese sentido todo Estado tiene el derecho inalienable a elegir su sistema
político.
La Soberanía.
De acuerdo al Profesor Bidart
Campos, “la soberanía es la cualidad de aquel poder que para organizarse
jurídicamente no reconoce, dentro del ámbito de relaciones que rigen, otro
poder superior de cuya formación positiva derive lógicamente su propia validez
normativa”. De acuerdo a este concepto cuando una sociedad se provee de una
organización sin sujeción a otro poder entonces ese poder de organización original
es soberano.
También la podemos definir como
lo hace Alfonso Rivas Quintero, cuando manifiesta que “la soberanía es la
cualidad del poder del Estado que permite calificarlo como tal tanto desde el
punto de vista interno como desde el punto de vista internacional, lo cual
conduce a considerar que la soberanía se proyecta tanto desde el punto de vista
interno como desde el punto d vista externo”.
En definitiva podemos afirmar que
la Soberanía
es la cualidad del poder del Estado que
le permite actuar en el orden interno de forma autónoma y no sometido a ningún
otro poder y además actuar a nivel internacional en un plano de independencia e
igualdad respecto del resto de los Estados.
La soberanía constituye un
atributo fundamental del Estado y un principio constitucional del orden
internacional, del cual se desprenden dos aspectos importantes:
- La soberanía supone exclusivismo en el ejercicio de las competencias del Estado, autonomía de las competencias respecto de las de otros Estados y plenitud de dichas competencias.
- Las limitaciones de la soberanía no pueden presumirse. Así las normas jurídicas que obligan a los Estados proceden de la voluntad de éstos, voluntad manifestada en los convenios, o en usos aceptados generalmente como expresión de principios jurídicos que regulan la convivencia a nivel internacional.
La noción de soberanía puede
vincularse a la idea de independencia o ausencia de dependencia en el ejercicio
de las competencias estatales. Sin embargo, esta noción de independencia no
puede ser considerada de forma absoluta, ya que los Estados forma parte de una
comunidad internacional que implica para ellos ciertas obligaciones que
condicionan el ejercicio de sus competencias y además se encuentran regidos por
un ordenamiento jurídico que los limita.
El Poder
Por su propia definición el
Estado es una colectividad organizada, establecida sobre un territorio
determinado, y dotado de autoridad suficiente para el cumplimiento de sus
fines.
Esa autoridad o gobierno,
colocado en todos los niveles de la organización del Estado es los que se llama
Poder Público o Poder estatal.
“El poder del estado es un poder
de hombres, un mando de uno o pocos individuos sobre muchos individuos, que
distingue al grupo gobernante de la comunidad gobernada, en la irreducible
realidad dicotómica del mando y la obediencia” (Bidart Campos)
El poder surge como una necesidad
para
- Asegurar la convivencia humana,
- Establecer un orden y autoridad que impida la anarquía,
- Posibilitar la convivencia y la interacción en sociedad,
- Permitir, con la concurrencia de otros elementos, alcanzar la categoría de Estado.
El Estado tiende al logro de sus
fines por él establecidos, para el logro de los mismos se establece el Poder
Público.
Características del Poder del
Estado
El Poder del Estado:
- Al organizarse jurídicamente no deriva la validez de su formación positiva de una instancia más alta.
- En cuanto orden superior, pose una cualidad que se llama soberanía.
- Su ejercicio no es arbitrario, sino limitado por la Constitución, por el Derecho. En este sentido no tiene facultades discrecionales, sino definidas en una determinada esfera de competencias.
- El ejercicio del Poder Público genera responsabilidades.
Funciones del Estado:
Son los actos que el Estado
cumple para alcanzar determinados objetivos:
FUNCION LEGISLATIVA: Formula la
norma jurídica de carácter general para regular las relaciones entre el Estado
y los individuos que habitan en su territorio; entre las personas que ejercen
cargos gubernamentales y las personas que son gobernados, entre quienes
gobiernan y entre quienes son gobernados. Son normas generales de conducta.
FUNCION EJECUTIVA: Mediante esta
función el Estado procura el bienestar de sus ciudadanos y la satisfacción de
las necesidades de la colectividad presta los servicios públicos y cuida el
cumplimiento de las leyes mediante el mantenimiento del orden público, es
conocida también como función administrativa, encaminada a regular la actividad
concreta y tutelar del Estado, bajo el orden jurídico. En sentido moderno el
Estado es el promotor del desarrollo económico y social de un país.
FUNCION JUDICIAL: Aplicación de
la norma jurídica en los casos particulares cuando surgen discrepancia o
conflictos. Denominada también función jurisdiccional, es la actividad del
Estado encaminada a resolver las controversias, estatuir o declarar el derecho.
La superioridad del Poder Judicial en la sociedad moderna, lo coloca como el
órgano orientador de la vida jurídica nacional.
La Personalidad Jurídica
del Estado
El Estado se auto limita sometiéndose
al orden jurídico que lo estructura y da forma a su actividad, es sujeto de
derechos y deberes, es persona jurídica, y en ese sentido es también una
corporación ordenada jurídicamente.
El sustrato de esa corporación lo
forman hombres que constituyen una unidad de asociación, unidad que persigue
los mismos fines y que perdura por efecto del poder que se forma dentro de la
misma.
La personalidad jurídica del
Estado viene dada en razón de que el ordenamiento jurídico le atribuye derechos
y deberes; derechos y deberes que crean en el hombre la personalidad jurídica y
en los entes colectivos la personalidad moral.
Para ejercitarte en el tema:
- Busca la diferencia entre los siguientes términos: Pueblo, población y nación. Decide cual se adapta mejor al componente humano de la nocion de estado, de sus elementos Constitutivos
- Investiga que es Personalidad Jurídica y contrasta su definición con lo arriba expuestos.
- ¿Sabes cuales son las funciones del estado? Explícalas, por favor
- ¿La "soberanía de estado" le da derecho a sus autoridades a violar los derechos de las personas? ¿Porque?
- Revisa los artículos 16 y 17 de nuestra Constitución y responde como es la división político territorial de Venezuela
Bibliografía recomendada para este tema:
ARISMENDI ALFREDO. Derecho
Constitucional. Universidad Central de Venezuela. Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas. Instituto de Derecho Público. Caracas 2006
BREWER-CARIAS ALLAN R. La Constitución de 1999.
Derecho Constitucional Venezolano. Editorial Jurídico Venezolana. Caracas 2004
COMBELLAS RICARDO. Derecho
Constitucional. Una Introducción al Estudio de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela Ed. Mc Grau Hill- 2001
LA ROCHE HUMBERTO J.
Derecho Constitucional. Tomo I. Parte General. 2da edición. Editorial Vadell.
1991. Caracas.
MOLES CAUBET ANTONIO. Estado y
Derecho. Configuración Jurídica del Estado. Studia jurídica Nº 1. Facultad de
Derecho. Universidad central de Venezuela. Caracas. 1957
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